Comunicado respecto a la inclusión del flete en el cálculo de la base imponible

Nro. Boletín: 145-2023 | VIGENTE
Publicado: 22 de Diciembre de 2023
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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a los Operadores de Comercio Exterior, que en virtud de la vigencia de la “Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo”, comunicado mediante boletin 143-2023 (Descargar), la cual establece la inclusión del flete en el cálculo de la base imponible de los derechos arancelarios a partir del 20 de diciembre de 2023; lo siguiente:

Los Operadores de Comercio Exterior que utilicen software privado deben actualizar su sistema para que el gasto de transporte sea considerado en el cálculo de la base imponible.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.