Contingencia por intermitencia en interconexión con SRI - Exportaciones.
Se comunica a los operadores de comercio que la interconexión con el Servicio de Rentas Internas – SRI, mediante la cual se confirma la validez de las facturas electrónicas en la instancia de la corrección/declaración sustitutiva de la DAE, ha presentado intermitencia/indisponibilidad y SRI se encuentra trabajando para poder subsanar este incidente a la brevedad posible, lo cual será comunicado por esta vía. Para poder transmitir la corrección/declaración sustitutiva de la DAE, se establece la siguiente directriz: En la pestaña de la DAE sección “Documentos”: En el campo “F03.Tipo de documento de acompañamiento” seleccionar [010] FACTURA COMERCIAL. En el campo “F04.Número de documento de acompañamiento” ingresar el número de autorización (49 dígitos). Se debe adjuntar la factura electrónica en tipo de archivo pdf. Se recuerda que las solicitudes de corrección/declaración sustitutiva son atendidas por un técnico operador, quien deberá revisar la información aquí indicada. Una vez que se solucione la intermitencia de interconexión con el SRI, se derogará la directriz señalada en el presente boletín por lo que el declarante deberá continuar transmitiendo acorde a los procedimientos ya establecidos por la administración aduanera. Particular que se comunica para los fines pertinentes.