Desactivación de la opción de endoso para los Certificados de Reconocimiento - INEN
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general que, en concordancia con lo manifestado por el Servicio Ecuatoriano de Normalización – INEN, respecto a que la emisión de los certificados se encuentra regulada por el artículo 11 del “Manual de Procedimiento previo a la comercialización y vigilancia en el mercado para los bienes producidos, importados y comercializados sujetos a Reglamentación Técnica Ecuatoriana”, el cual establece: “El INEN, con base en lo determinado en esta resolución y en el documento de verificación emitido por el OAE, emitirá a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), el Certificado de Reconocimiento INEN, de acuerdo al procedimiento de evaluación de la conformidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano (RTE) del producto que se está importando.” En este contexto, el Certificado de Reconocimiento INEN, es emitido únicamente al solicitante que ha cumplido con los requisitos técnicos y documentales establecidos, y no contempla su transferencia, cesión o endoso a terceros. Por lo antes expuesto, dentro de la Ventanilla Única Ecuatoriana, en la Pantalla "Endoso de Documentos de Soporte o Acompañamiento", se procedió con la desactivación de la opción de endoso de los documentos emitidos por el Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN). Particular que se comunica para los fines pertinentes.