Exoneración de tributos al comercio exterior para Contratos de Inversión

Nro. Boletín: 132-2023 | VIGENTE
Publicado: 08 de Diciembre de 2023
Emitido por: DIRECCCION NACIONAL DE RIESGOS Y TECNICA ADUANERA


Se recuerda a los Operadores de Comercio Exterior que la aplicación del código TPNG 1816 para la exención de tributos al comercio exterior relacionado con Contratos de Inversión, a tenor de lo señalado en el literal o del artículo 125 del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones – COPCI, así como los artículos 6, 26.1, 26.2 del Reglamento Aplicable al Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, artículo 2 del Acuerdo Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0060, la documentación a presentar conforme a lo antes invocado:

– Copia del Contrato de Inversión celebrado entre la empresa y el estado Ecuatoriano, con sus antecedentes y anexos, con el respectivo Certificado de no producción nacional, incluyendo la información técnica de las mercancías objeto del contrato suscrito, con la finalidad de revisar la pertinencia con relación a la subpartida arancelaria que se describe en el contrato de inversión.

– Resolución Administrativa emitida por la Dirección Distrital por la cual se prevé el ingreso de las mercancías relacionadas con un Contrato de Inversión, art. 125 COPCI.

– Anexo del cronograma de inversión para exoneración de tributos al comercio exterior (digital legible).

Por lo antes expuesto, resulta necesario precisar que, en las operaciones de comercio exterior, con la finalidad de verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico y el interés fiscal, el SENAE aplicará el control aduanero en las fases que corresponda.

Estas solicitudes de asociación de código liberatorio (con sus respectivos documentos) deberán ser dirigidas al Subdirector General de Normativa Aduanera, podrán ser ingresadas digitalmente mediante el portal Web de Mesa de Servicios, o físicamente a través de la Secretaría General de la Dirección General o las distintas Direcciones Distritales del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en territorio ecuatoriano, las cuales deberán ser registradas en el Sistema de Gestión Documental Quipux (máximo hasta el día hábil siguiente al de su recepción) por parte del encargado o delegado de la Mesa de Servicios o Secretaría General (Dirección General o Direcciones Distritales), según corresponda.

Finalmente, se recuerda que, la obtención indebida de liberación o reducción de tributos al comercio exterior, es una conducta tipificada como delito de defraudación aduanera según el numeral 5 del artículo 299 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), o contravención aduanera al tenor del literal n) del artículo 190 del Libro V del COPCI.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.