Extinción de la Resolución Anticipada en materia de clasificación arancelaria para la mercancía APPLE TV, MARCA: APPLE, MODELO: 4K
Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior y al público en general, lo siguiente: 1. El 20 de abril de 2022, se emitió la Resolución Anticipada No. SENAE-SGN-2022-0030-RE, en la que se resolvió clasificar a la mercancía denominada como “APPLE TV, marca: APPLE, modelo: 4K” en la subpartida arancelaria “8528.71.00.10 – – – Decodificadores; receptores satelitales FTA”, con base en un estudio merceológico y arancelario de los elementos técnicos contenidos en la documentación presentada por el solicitante, tal como consta en los considerandos de la misma resolución. 2. El 04 de febrero de 2022, mediante Resolución No. SENAE-SENAE-2022-0011-RE, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, expide el PROCEDIMIENTO QUE REGULA LA EMISIÓN DE RESOLUCIONES ANTICIPADAS, que en su artículo 22, establece: “Extinción.- La resolución anticipada se extingue de pleno derecho, y su contenido quedará sin efecto jurídico, sin necesidad de que medie acto administrativo que lo determine o declare, cuando se verifiquen las siguientes condiciones: (…) 3. Cuando se efectúen cambios o modificaciones en la Nomenclatura del Arancel del Ecuador posteriores a la emisión de la resolución anticipada en materia de clasificación arancelaria que contrapongan su decisión, por actualización de Enmiendas del Sistema Armonizado, Nomenclatura Regional Andina NANDINA o resoluciones del Comité de Comercio Exterior (COMEX)…”. 3. El 21 de Septiembre de 2022, el Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), mediante Resolución No. 014-2022, resuelve: “Artículo 1.- Modificar el Arancel Nacional del Ecuador expedido con Resolución No. 020-2017 adoptada por el Pleno del COMEX el 15 de junio de 2017 y, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 63 de 23 de agosto de 2017, al tenor siguiente: (Descargar) Por lo expuesto, dada la modificación realizada por el COMEX a la nomenclatura del arancel del Ecuador, específicamente en la subpartida arancelaria 8528.71.00.10, se ha producido la extinción de la Resolución No. SENAE-SGN-2022-0030-RE de 20 de Abril de 2022 (Descargar), en virtud de lo que establece el numeral 3 del artículo 22 de la Resolución No. SENAE-SENAE-2022-0011-RE.”. SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR