Horarios de atención para los Aforos Físico de carga Courier Subdirección de Zona de Carga Aérea
Se pone en conocimiento a las Empresas Courier que realizan la desaduanización de paquetería por la Subdirección de Zona de Carga Aérea, que con el ánimo de prestar mayores facilidades dentro del proceso de nacionalización de mercancías y disminuir los tiempos en el despacho de las mismas, se ha establecido el siguiente horario de atención para los aforos asignados a los Técnicos Operadores de la Jefatura de Courier, así como el orden de atención a las declaraciones simplificadas de importación. El horario establecido, que será implementado a partir de su publicación para los aforos de los trámites, es el siguiente: – 08h00 – 09h00: Atención de aforos documentales y trámites observados – 09h00 – 12h00: Atención exclusiva de aforos físicos. – 14h00 – 17h00: Atención de aforos documentales y trámites observados. * Para temporadas altas y en caso de considerarlo necesario se realizaran ajustes al horario para cumplir con la atención de los trámites. Para la atención de Aforos físicos, deben tener en cuenta las siguientes consideraciones: 1. Todas las DAS con canal de aforo físico que cuenten con ingreso de pesos por parte del DT Courier hasta las 08:00; serán aforadas dentro de las 48 horas siguientes. Para lo cual las cargas deben estar debidamente ubicadas en el DT COURIER. En caso de que se encuentre ubicada o por ausencia del delegado del Courier, se procederá conforme a lo establecido en el Artículo 84 del Reglamento al Libro V del COPCI y se continuará con la próxima declaración en el orden asignado por el sistema. Para el caso de aforos documentales el tiempo de atención será dentro de las 24 horas posterior al registro de pesos por el DT COURIER. 2. El delegado de la empresa Courier UNA VEZ REGISTRADOS LOS PESOS POR EL DT COURIER, debe coordinar la ubicación de la carga, mediante un correo electrónico el mismo que será receptado hasta las 17:00 pm en los siguientes correo: al Deposito Temporal (vluna@tce.aero; salidacourier@tce.aero; Courierdhl@tce.aero), con copia al Técnico Operador asignado para atención de la DAS y al Jefe de Courier, con las siguientes especificaciones: Cuyo asunto será “AFORO FISICO/NOMBRE DEL COURIER”, y su contenido con la siguiente información: • No. DAS: • Fecha de arribo de la carga: • Fecha de transmisión de la DAS: • Nombre del funcionario: • No. De Carga: • No. De Guía: • Peso: • Fecha de Pesaje: • No. de bultos: 3. La documentación física para la operación de paquetería correspondiente a categoría A se receptarán en el horario de 08:00 a 09:00 la misma que debe estar correctamente identificada de acuerdo a la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0472-RE. Se recuerda a los operadores COURIER dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los literales e) y p) del Artículo 12 de la Resolución SENAE-DGN-2013-0472-RE: “12.- Obligaciones de las empresas courier: Son obligaciones de las empresas courier las siguientes: (…) e) Transmitir de forma electrónica las DAS, para la importación de mercancías, de conformidad con su categoría (…) p) Presenciar el aforo en representación del consignatario de las mercancías…”. SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR