Nueva tarifa para envíos por Categoría B bajo el régimen de Mensajería Acelerada o Courier.
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) comunica a los operadores de comercio exterior, a los servidores aduaneros y al público en general que, el Comité de Comercio Exterior (COMEX), mediante el artículo 1 de la Resolución Nro. 006-2025 (Descargar), ha establecido una nueva tarifa de veinte dólares americanos (USD $20.00) para los envíos que se despachen bajo el régimen de Mensajería Acelerada o Courier. Esta tarifa será aplicada para las Declaraciones Aduaneras Simplificadas (DAS) transmitidas a partir del 16 de junio de 2025. ¿A qué envíos aplica la nueva tarifa? La nueva tarifa se aplicará a cada envío realizado a nombre de un destinatario (persona natural), que haya efectuado compras en el exterior y que se enmarque en el régimen de Mensajería Acelerada o Courier, específicamente dentro de la Categoría B (Paquetes). Es decir, cada paquete personal por destinatario dentro de la Categoría B, generará un solo cobro de USD $20.00. Un "paquete personal" se refiere a la unidad física que contiene uno o varios artículos agrupados de tus compras, siempre que la mercancía no tenga fines comerciales. Esta unidad física debe cumplir de forma simultánea con los límites establecidos para la Categoría B (4×4): – El peso del paquete no debe superar los 4 kilogramos; y, – El valor FOB de los artículos dentro del paquete no debe exceder los cuatrocientos dólares americanos (USD $400.00). El destinatario de las compras que se presentan en un solo paquete por DAS, pagará una tarifa de USD $20.00, siempre que el peso total no supere los 4 kilogramos y el valor FOB total no supere los USD $400.00. De ser el caso que los paquetes arriben en diferentes fechas (es decir, envíos separados), deberán cumplir con las condiciones de la Categoría B, generándose la DAS correspondiente para cada uno y el pago del arancel de USD $20.00 por cada paquete (envío). Lo expuesto correspondería a los siguientes ejemplos: Ejemplo 1.- El destinatario realiza la compra 1, la compra 2 y la compra 3; el proveedor contrata al Courier A, quien consolida las tres (3) compras, constatando que esa consolidación cumpla con las condiciones de los USD $400.00 y 4 kilogramos y declara ante la aduana ese envío que contiene las tres (3) compras, amparado en una guía máster, por lo tanto procede el pago del arancel de USD $20.00. Ejemplo 2.- El destinatario realiza la compra 1 y la compra 2; el proveedor contrata al Courier A, quien consolida las dos (2) compras, constatando que esa consolidación cumpla con las condiciones de los USD $400.00 y 4 kilogramos y declara ante la aduana ese envío que contiene las (2) compras, amparado en una misma guía máster, en cuyo caso procede el pago del arancel de USD $20.00. Sin embargo, luego el destinatario realiza la compra 3, por lo que el proveedor vuelve a contratar al Courier A, quien ya realizó el envío de las compras 1 y 2, para que realice un segundo envío por la compra 3 amparada en una nueva guía máster; en este caso el destinatario debe pagar el arancel de USD $20.00 por la compra 3. Por lo tanto, en este ejemplo, dado el hecho de que los envíos de las compras 1, 2 y 3 arribaron en dos fechas distintas, el destinatario deberá pagar el arancel de USD $ 20.00 por el envío de la compra 1 y compra 2; y también debe pagar el arancel de los USD $20.00 por el segundo envío que corresponde a la compra 3. Ejemplo 3.- El destinatario realiza la compra 1 y la compra 2, y el proveedor contrata al Courier A para el envío consolidado de esas compras; luego el destinatario, realiza la compra 3 y el proveedor contrata al Courier B para el envío de esta última compra. El Courier A consolida las dos (2) compras, constatando que esa consolidación cumpla con las condiciones de los USD $400.00 y 4 kilogramos y declara ante la aduana ese envío, en cuyo caso procede el pago del arancel de USD 20.00. El Courier B realiza el envío de la compra 3, la cual arribó en la misma fecha que las compras 1 y 2 enviadas por el Courier A; constata que el envío cumpla con las condiciones de los USD $400.00 y 4 kilogramos y declara ante la aduana ese envío, por lo tanto procede el pago del arancel de USD $20.00. En este ejemplo, dado el hecho de que los envíos de las compras 1, 2 y 3 fueron realizados por dos empresas Courier distintas, aun cuando estos hayan arribado en la misma fecha, el destinatario deberá pagar el arancel de USD $ 20.00 por el envío de la compra 1 y compra 2; y también debe pagar el arancel de los USD $20.00 por el segundo envío que corresponde a la compra 3. Recuerda: Se mantiene el límite por año fiscal de mil seiscientos dólares americanos (USD 1,600.00) por destinatario (consignatario), de conformidad con la Resolución COMEX No. 008-2022. Importante para los Operadores de Comercio Exterior y Consignatarios El SENAE exhorta a todos los involucrados a cumplir con la normativa resolutiva expuesta. Es fundamental mantenerse informado y evitar incurrir en supuestos beneficios o promociones que circulan en redes sociales y que puedan no ajustarse a la legislación vigente.