Reformas efectuadas a las categorías B y C de envíos courier o postal y creación de la categoría G

Nro. Boletín: 13-2021 | VIGENTE
Publicado: 15 de Junio de 2021
Emitido por: Dirección de Comunicación


El Servicio Nacional Aduana del Ecuador, informa las reformas efectuadas por el Comité de Comercio Exterior (Comex) referente a las categorías B y C de envíos courier o postal, en virtud de la Resolución No. 006-2021, emitida el 29 de abril de 2021 (descargar)

Categoría B, (4×4), utilizada por usuarios comunes para el envío de encomiendas por courier o postal:

A partir del 15 de junio 2021, se elimina el arancel específico de USD$42 por importación, así como también el límite máximo de 5 importaciones en el año fiscal.

Esta medida aplica en paquetes cuyo peso sea menor o igual a cuatro kilogramos y su valor FOB (valor de la mercancía puesta en el puerto de embarque incluyendo el costo de empaquetado, etiquetado y gastos de aduana) sea menor o igual a los cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 400.00), o su equivalente en otra moneda, siempre que se trate de mercancías sin fines comerciales.

Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea, el destinatario deberá presentar la Declaración Aduanera junto con los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan según las normas legales vigentes.

Categoría C, utilizada por usuarios comunes para envíos de encomiendas:

Se incrementa el valor y el peso de los paquetes que no se contemplen en la categoría B, esto es: Que el peso sea menor o igual a 100 kilogramos y su valor no supere los USD 5,000.00, siempre que no estén contenidos en otras categorías.

Por otro lado, se realizó la implementación de la nueva “Categoría G”, de uso exclusivo para migrantes ecuatorianos residentes en el exterior, en base a la Resolución No.005-2021 del COMEX (descargar):

Esta categoría podrá ser utilizada únicamente por migrantes ecuatorianos para el envío de encomiendas a su núcleo familiar radicados en el Ecuador, esto es, personas de hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y que previamente hayan sido registradas en: https://registronucleofamiliar.cancilleria.gob.ec/.

Bajo esta categoría solo pueden arribar al país paquetes cuyo peso sea igual o menor a los cuatro kilogramos por paquete y el valor FOB sea menor o igual a un salario básico unificado, sin límite en el número de envíos.

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