Revisión de las Tasas por Servicios Aduaneros vigentes
En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2023-0033-RE, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial 351 el 12 de julio de 2023, se invita a los Operadores de Comercio Exterior (OCE), a realizar la revisión de las tasas por servicios aduaneros que se encuentran vigentes, de tal manera que en el caso de que, se identificara la necesidad de sugerir la modificación o la eliminación de alguna tasa, se remita por escrito a la Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos, dentro del término de cinco (5) días contados desde la publicación del presente boletín, la sugerencia de cambio y el correspondiente análisis técnico que motive y justifique la petición, el cual deberá contener como mínimo la siguiente información: Antecedentes, Análisis Técnico y Económico, Análisis Jurídico, Conclusión y Recomendaciones que incluya la propuesta concreta. La información recibida será analizada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, por lo tanto, el envío de la petición o sugerencia por parte del Operador de Comercio Exterior (OCE) no implica su aceptación expresa o tácita por parte de la autoridad aduanera competente. Particular que se informa para los fines pertinentes. Servicio Nacional de Aduana del Ecuador