Socialización del proyecto de acto normativo denominado "ESTABLACER LAS TARIFAS MÁXIMAS QUE DEBERAN COBRAS LOS DEPÓSITOS TEMPORALES POR EL USO DE LOS EQUIPOS DE INSPECCIÓN NO INTRUSIVA (EINI)"
Se pone en conocimiento de los operadores de comercio exterior y ciudadanía en general que, en cumplimento a lo dispuesto en el Acuerdo de Facilitación de Comercio, la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, el Decreto Ejecutivo Nro. 1204-2020 y el Decreto Ejecutivo Nro. 68-2021, se somete a consulta pública, desde el 28 de julio del 2022 de 2022 hasta el 10 de agosto de 2022, inclusive, lo siguiente: – Proyecto normativo Nro. PR-00016-2022, denominado: “ESTABLÉCESE LAS TARIFAS MÁXIMAS QUE DEBERAN COBRAS LOS DEPÓSITOS TEMPORALES POR EL USO DE LOS EQUIPOS DE INSPECCIÓN NO INTRUSIVA (EINI)” (Descargar). – Análisis de Impacto Regulatorio “Discrecionalidad en el cobro de la tarifa para el uso de medios no intrusivos, de las mercancías, unidades de carga y medios de transporte, que deban someterse a inspección través de los equipos no intrusivos”(Descargar). Para remitir observaciones al proyecto normativo deberá ingresar a la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de “Proyectos Normativos” (https://www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/); y, para remitir observaciones al Análisis de Impacto Regulatorio deberá enviar sus comentarios al buzón socializacion_normativa@aduana.gob.ec. De igual forma, se pone en conocimiento los proyectos de informes técnicos jurídicos de establecimiento de tarifas para los depósitos temporales marítimos (Descargar) y aéreos (Descargar). Para realizar comentarios al mencionado proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente: – Si está registrado en Ecuapass, dar click en "Iniciar Sesión", ingresando usuario y contraseña Ecuapass. – Si no está registrado en Ecuapass, dar click en "Registrar". Una vez registrado, dar click en "Iniciar Sesión", ingresando su número de cédula y contraseña. Finalmente, se indica que las observaciones que se recepten de manera extemporánea al término establecido, no serán consideradas para el análisis. SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.